Anunciantes El Universal

Condiciones generales de publicación

CONDICIONES GENERALES DE PUBLICACIÓN
DIARIO EL UNIVERSAL, C.A.

Por favor, lea atentamente las siguientes condiciones generales de publicación. Al solicitar los servicios de publicación al Diario El Universal C.A está aceptando las condiciones generales de publicación que se establecen a continuación. Si no está de acuerdo, por favor, no utilice nuestros serviciones.


Las presentes Condiciones de Publicación  aplican única y exclusivamente a los productos impresos propiedad de la empresa Diario El Universal, C.A. .

I. DEFINICIONES

* DIARIO EL UNIVERSAL, C.A.: Sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas, e inscrita su Acta Constitutiva en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 05 de febrero de 1993, bajo el N° 44, Tomo 39-A-Pro., e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el N° J-30075014-0 (en lo adelante la “empresa”).

* PERIÓDICO “EL UNIVERSAL”: Diario propiedad de la empresa, de circulación nacional y frecuencia diaria. No circula los días 01 de enero, jueves y viernes santos, 01 de mayo y 25 de diciembre. (en adelante el “periódico”).

* ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PERIÓDICO:

  1. Formato: estándar
  2. Mancha: ancho 30,05 cm. / alto 52 cm.
  3. Columna: ancho 3,3825 cm. / corondel 0,42 cm.
  4. Papel: newsprint (lineatura 100 lpi / 1.270 dpi)
  5. Color: blanco y negro (escala de grises), cuatricromía (todo en CMYK) y color adicional proceso.

* ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CUERPO DE CLASIFICADOS:

  1. Formato: Tabloide
  2. Mancha: ancho 25,5 cm. / alto 30,5 cm.
  3. Columna: ancho 3,38 cm. / corondel 0,3 cm.
  4. Papel: newsprint (lineatura 100 lpi / 1.270 dpi)
  5. Color: blanco y negro (escala de grises), cuatricromía (todo en CMYK) y color adicional proceso.

* ESTAMPAS: Revista propiedad de la empresa que cada domingo circula encartada en el periódico y brinda a los lectores información útil y entretenida.

* ESTAMPAS TEMÁTICA: Revista propiedad de la empresa que circula el día sábado encartada en el periódico y aborda temas útiles y de interés para el lector. Los temas son variados y los lectores podrán disfrutar de E*Salud, E*Sabor, E*Moda, E*Bella, E*Novias, E*Cuerpo, E*Estilo, E*Niños, E*Bebé, E*Pareja, E*Viajes, E*Mascotas, E*Fiesta.

* GUÍA TURÍSTICA: Suplemento especial que circula cada domingo encartado en el periódico, donde el lector encuentra la más amplia información de destinos turísticos nacionales e internacionales.

* GUÍA LABORAL: Agrupa cada lunes y domingo en el Cuerpo de Clasificados del periódico, la más completa sección de ofertas de empleo del país.

* MOTORES: Suplemento especial con la más completa e innovadora información del mundo automotor, que circula el último sábado de cada mes, encartado en el periódico.

* AQUISTA: Guía de compras zonificada con avisos desplegados y encartes que se distribuye gratuitamente en urbanizaciones específicas de la ciudad de Caracas. Circula mensualmente.

* CLASIFICADOS: Todo aviso que se comercializa por número de palabras. Los avisos clasificados se encuentran agrupados en secciones.

* DESPLEGADOS: Todo aviso que se comercializa en módulos o centímetros por columna (cm. x col.) y que no se encuentra dentro de los parámetros de los avisos clasificados.

* AVISOS ESPECIALES: Incluye los remitidos, comunicados, obituarios, edictos, cartas abiertas, reportajes, convocatorias, convocatorias de Juntas de Condominio, y demás avisos que no constituyan un clasificado o desplegado.

* COMUNICADOS: Todo aviso emitido por cualquier ente gubernamental que comunique información dirigida a toda la colectividad.

* ANUNCIANTE: Toda persona natural o jurídica que ordena la publicación de un aviso (clasificado-desplegado-especial) en el periódico o en cualesquiera otros productos impresos, propiedad de la empresa o comercializados por ésta. Este término también comprende a las agencias de publicidad, a las receptorías, a los clientes transeúntes y a los clientes de preventa.

* AGENCIA DE PUBLICIDAD: Toda persona jurídica que actuando en su propio nombre, por cuenta propia o por cuenta de terceros, pauta avisos (clasificados- desplegados-especiales) en el periódico o en cualesquiera otros productos impresos, propiedad de la empresa o comercializados por ésta.

* RECEPTORÍA:Toda persona jurídica que actuando en su propio nombre y por su propia cuenta recibe de terceras personas, avisos (clasificados- desplegados-especiales) para encargar su publicación en el periódico o en cualesquiera otros productos propiedad de la empresa.

* CLIENTE TRASEÚNTE: Toda persona natural o jurídica que pauta avisos (clasificados-desplegados-especiales) en el periódico o en cualesquiera otros productos impresos propiedad de la empresa. Estos clientes pagan el servicio de contado y sin descuentos.

* CLIENTE DE PREVENTA: Toda persona jurídica que suscribe con la empresa un contrato de preventa para la publicación de avisos publicitarios en el periódico o en cualesquiera otros productos propiedad de la empresa, así como para otros servicios y, por lo tanto, disfruta de una tarifa especial de preventa, descuentos de preventa y condiciones especiales.

* CÓDIGO: Número asignado a los anunciantes que pautan avisos publicitarios.

* SERVICIO CALL CENTER: A través de una llamada telefónica los clientes transeúntes pueden ordenar la publicación de sus avisos (clasificados-desplegados-especiales) en el periódico o en cualesquiera otros productos impresos propiedad de la empresa. No aplica para las secciones “Masajistas” y “Se busca pareja”, del cuerpo de Clasificados del periódico.

* SERVICIO ON LINE: A través de la dirección de correo electrónico clientesdigitales@eluniversal.com, los anunciantes (con código) pueden ordenar la publicación de avisos (clasificados-desplegados-especiales). Este servicio no aplica para las secciones “Masajistas” y “Se busca pareja”, del cuerpo de Clasificados del periódico.

* SERVICIO  FTP: Programa de computación que permite al anunciante acceder al servicio FTP de la empresa y transferir de manera electrónica los avisos para su publicación.

* SERVICIO DE RECEPCIÓN DE AVISOS DESPLEGADOS EN FORMATO ELECTRÓNICO EPS : A través de la dirección de correo electrónico desplegados@eluniversal.com , el anunciante envía a la empresa el material a ser publicado, en formato electrónico EPS (.eps).

* SERVICIO DE RECEPCIÓN DE AVISOS DESPLEGADOS EN FORMATO ELECTRÓNICO : Programa de computación que permite al anunciante acceder al Servicio de Recepción de Materiales (SRM) para transferir el material electrónico que desea publicar en el periódico o en cualesquiera otros productos impresos propiedad de la empresa.

* TARIFA VIGENTE: Tabla o catálogo de precios y recargos para la publicación de avisos (clasificados-desplegados-especiales) establecida por la empresa, vigente al tiempo de la publicación de los avisos.

* TARIFARIO: Publicación de la empresa que describe cada uno de sus productos (impresos y digitales), y demás servicios, características técnicas de cada producto y servicio, frecuencia de circulación, condiciones de pauta, horarios, requerimientos técnicos del material, tarifas, recargos y descuentos.

* ORDEN DE INSERCIÓN: Comunicación (impresa o digital) enviada por el anunciante, que formaliza la solicitud de publicación del aviso (clasificados-desplegados-especiales), en el periódico o en cualesquiera otros productos impresos propiedad de la empresa. Las planillas de clasificados, desplegados y órdenes de encartes se consideran igualmente órdenes de inserción.

* ORDEN DE ANULACIÓN: Comunicación (impresa o digital) enviada por el anunciante, mediante la cual, se solicita la no publicación de un aviso ya pautado.

* FECHA DE CIERRE DE PUBLICACIÓN: último día fijado por la empresa para la recepción de las órdenes de inserción de avisos para la publicación de los mismos en la edición siguiente de un determinado producto. Cada producto de la empresa tiene una fecha de cierre para la recepción de avisos.

* FECHA DE PUBLICACIÓN: Día en que efectivamente deberá aparecer publicado el aviso (clasificados-desplegados-especiales).

* MATERIAL DE PUBLICACIÓN: Medio a través del cual se envía a la empresa el contenido o arte del aviso a publicar o a ser encartado (clasificados-desplegados-especiales). El medio puede ser: texto, formato digital o fotoray.

II. ORDEN DE INSERCIÓN DE AVISOS

1) Aviso indeterminado: Es todo aviso que puede ser pautado en cualquier página del producto impreso solicitado. La orden de inserción deberá presentarse por los canales de recepción de avisos establecidos para tal fin hasta la fecha de cierre de publicación.

2) Avisos con ubicación: Es todo aviso pautado con indicación de cuerpo, sección o página determinada del producto impreso. La orden de inserción deberá presentarse con dos (2) días hábiles de anticipación a la fecha de cierre de publicación, por los canales de recepción de avisos establecidos para tal fin.

3) Toda orden de inserción deberá contener el nombre o denominación social del anunciante, número de código asignado (en caso que aplique), número de orden de inserción, dirección, teléfono, nombre del producto donde se va a publicar, nombre de la compañía que publica (en caso de un tercero) y cualquier otra indicación que facilite su localización en caso de ser necesario (fax, e-mail), nombre del producto a anunciar, título del aviso (idéntico al del material), fecha de publicación, número de inserciones, número de palabras (en caso de clasificados), medidas del aviso en módulos o cm. x col. (en caso de desplegados), ubicación solicitada (cuerpo, página, sección, posición), color(es), tipo de material (arte final, prueba impresa, fotografía, fotoray o texto y digital) y estatus del material (uso de un material que ya publicó, entregado o pendiente). En caso de tratarse de aviso de una promoción (oferta de precios) y/o concurso, la orden deberá venir acompañada de la copia de la autorización emanada por el Indepabis.

4) Todas las órdenes de inserción enviadas a la empresa deberán expresar lo señalado en el punto anterior, adicionalmente, el anunciante deberá confirmar telefónicamente su recepción a la Gerencia de Atención al Cliente y enviar a la empresa una prueba impresa referencial del aviso debidamente identificado con los datos de dicho aviso. Si la prueba es en blanco y negro, ésta puede ser enviada por fax o entregada en físico. Si el aviso es a color, la prueba referencial a color deberá ser entregada en físico en la empresa.

5) La recepción y confirmación de una orden de inserción por parte de la empresa no garantiza el espacio solicitado si previamente no se cumplió con el proceso de reservación de dicho espacio y/o la disponibilidad por compaginación. La empresa se reserva el derecho de no publicar el aviso cuando el código del anunciante y/o agencia de publicidad se encuentre suspendido.

6) Se considera que el aviso ha sido publicado en la sección escogida por el anunciante cuando aparezca impreso en cualquiera de las páginas comprendidas entre la primera página de la sección elegida y la página inmediatamente anterior a la sección siguiente del periódico o de cualesquiera otros productos impresos de la empresa.

7) La empresa se reserva el derecho de requerir fotocopia de la cédula de identidad de la persona natural o del representante legal (en caso de personas jurídicas), que ordene la publicación de un aviso en el periódico o en cualesquiera otros productos propiedad de la empresa. Sin excepción, este derecho será ejercido cuando se trate de aviso redaccional, columna, reportaje publicitario, remitido, comunicado, carta abierta o avisos clasificados en la sección “Masajistas”, “Se Busca Pareja”, “Turismo” y para cualquier aviso del cuerpo de clasificados del periódico referido a venta de armas.

8) La empresa no se hace responsable por el incumplimiento de las receptorías de avisos al deber que tienen de solicitar copia de la cédula de identidad en los casos enunciados en el punto anterior.

9) Cuando un aviso tenga varias fechas para su publicación y cambios en el texto y arte, se considerarán como avisos diferentes, y por lo tanto, será indispensable hacer una orden de inserción por cada uno de ellos, a excepción de aquellas promociones anunciadas por la empresa para algunos de sus productos.

10) La empresa se reserva el derecho de modificar los horarios establecidos para la presentación de las órdenes de inserción, en cuyo caso, se le informará al público en general, a través de comunicaciones ubicadas en los puntos de venta y atención al cliente.

III.  MATERIALES DE PUBLICACIÓN

1) Cuando el material de publicación requiera de levantamiento de texto por parte de la empresa, el texto deberá remitirse conjuntamente con la respectiva orden de inserción a la Gerencia de Atención al Cliente. Cuando se trate de fotocopias de textos para ser elaborados por la empresa, éstas deberán ser nítidas para garantizar exactitud en la composición del aviso. La empresa no se hará responsable por los errores de publicación que las deficiencias contenidas en el material suministrado pudieran ocasionar.

2) Para avisos a color, los materiales deberán remitirse al Departamento de Materiales con un (1) día hábil de anticipación a la fecha de publicación antes de las 12:00 m. La empresa no garantiza la publicación de materiales entregados fuera de tiempo, y en caso de incumplimiento en la entrega, se cobrará como indemnización el total del precio del espacio con los respectivos recargos especificados en la tarifa vigente.

3) Si el material de publicación no llega a la empresa antes de la hora de cierre del día anterior a su publicación, la empresa no se hará responsable si el aviso no se publica a nivel nacional. De igual forma, si el material no llega dentro de las horas y días de cierre estipulados para todos los productos, la empresa no se hará responsable si el aviso no se publica.

4) Cuando por cualquier circunstancia un material requiera ser sustituido, el anunciante deberá notificarlo por escrito a la Gerencia de Atención al Cliente dentro de los horarios establecidos para tal fin. En caso contrario, la empresa no asume ninguna responsabilidad por la publicación.

5) El material fotográfico podrá ser retirado por el anunciante en la taquilla de recepción de avisos, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la publicación, en horario de 9:00 a.m. a 12 m, de lunes a viernes, previa presentación de la fotocopia de la orden de inserción. La empresa no se hace responsable por el material no retirado en el lapso estipulado. Una vez retirado el material no se aceptarán reclamos relacionados con el aviso.

6) Cuando se trate de avisos clasificados, se entiende que el material corresponde a la respectiva planilla para estos avisos, sea ésta, impresa o digital. Dicha planilla deberá ser completada por el anunciante o por la persona designada, en forma clara, nítida y legible.

IV. RESERVACIÓN DE UBICACIÓN Y AVISOS CON COLOR 

1) La reservación de ubicación de un aviso deberá notificarse a la Gerencia de Atención al Cliente. Las reservaciones serán atendidas de acuerdo al orden de llegada. Las reservaciones serán aceptadas por la empresa en los horarios establecidos para cada caso (ubicación o color), siempre y cuando esté disponible el espacio.

2) Cuando se solicite la ubicación de un aviso desplegado dentro del cuerpo de clasificados se aceptará únicamente la indicación de la sección, no la posición dentro de la misma. Si no hay disponibilidad de espacio dentro de la sección solicitada, el aviso se ubicará en la página disponible más cercana.

3) Cuando se solicite la ubicación de un aviso clasificado se aceptará únicamente la indicación de la sección, no la posición dentro de la misma, a excepción de la solicitud de la posición “premiun” (5 primeros puestos de cada sección).

4) En caso de clientes con crédito, una vez realizada la reservación de ubicación, la orden de inserción deberá presentarse dentro de las 48 horas siguientes a la reservación y con 72 horas de anticipación al cierre de la edición (del producto de que se trate). Caso contrario, la empresa anulará la reservación sin que ello de lugar a reclamo alguno por parte del anunciante o cliente.  

V. MODIFICACIONES Y ANULACIONES DE LAS ÓRDENES DE INSERCIÓN Y
MATERIALES DE PUBLICACIÓN

1) Las anulaciones de las órdenes de inserción para periódico deberán notificarse por escrito a la Gerencia de Atención al Cliente de la empresa, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a.m. a 5:30 p.m.. Cuando las anulaciones se realicen un día hábil antes a la fecha prevista para la publicación del aviso, antes de las 10:00 a.m., no habrá penalización alguna, y la empresa reembolsará lo facturado. Por el contrario, si la anulación se realiza después de las 10:00 a.m. y antes de las 5:30 p.m., habrá una penalización del 50% del precio del aviso, y si la anulación se realiza después de las 5:30 p.m., la penalización será por el 100% del precio del aviso. Las anulaciones para las Revistas Estampas y otros productos impresos, deberán notificarse por escrito a la Gerencia de Atención al Cliente de la empresa, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a.m. a 5:30 p.m., antes de las fechas de cierre correspondientes a cada producto. La penalización por anulación después de la fecha de cierre es del 100% del costo del aviso.

2) Cuando se trate de avisos desplegados, las anulaciones o modificaciones de los mismos, deberán estar acompañadas de una fotocopia de la correspondiente orden de inserción; en caso de que el anunciante pague de contado, dichas anulaciones o modificaciones deberán estar acompañadas del original de la factura y carta explicativa.

3) Cuando sea necesario utilizar materiales de avisos ya publicados anteriormente (pesca), se deberá colocar en la nueva orden de inserción el número de la orden y la fecha de la última versión publicada.

4) Cualquier cambio de material deberá ser notificado por escrito a la Gerencia de Atención al Cliente, antes de las 4:00 p.m. del día hábil anterior a la fecha de cierre del producto. Caso contrario, la empresa no asumirá responsabilidad alguna si los cambios no pudieren realizarse.

5) Cuando se trate de modificaciones relacionadas con el tamaño de los avisos o con la ubicación de los mismos, se requerirá una nueva orden de inserción indicando la modificación solicitada, y podrá presentarse hasta el día hábil anterior a la fecha de cierre de la publicación antes de las 4:00 p.m.

6) Cuando se trate de avisos clasificados, se aceptarán modificaciones en el texto del aviso por errores de forma (ortografía, ubicación de las palabras, error numérico). No se aceptarán modificaciones del texto que alteren el objeto del aviso y que implican un aviso distinto al original. Asi mismo, el título del aviso no puede ser cambiado.

7) Cuando se trate de un aviso a ser publicado por varios días, y el anunciante realice la suspensión de la publicación antes del término inicial, la empresa suspenderá la publicación, pero no efectuará la devolución del pago por la diferencia de los días que faltare publicar.

VI. AVISOS ESPECIALES

1) Los avisos necrológicos (obituarios) se recibirán hasta el cierre de la edición  y no tendrán ningún tipo de recargo; pasadas las 7:00 p.m., no se garantizará su circulación a nivel nacional. La empresa notificará al anunciante el espacio disponible para que éste decida sobre la publicación o no del aviso.

2) Todo aviso especial (remitido, comunicado, obituario, edictos carta abierta, reportaje, publirreportajes y demás avisos que no constituyan un clasificado o desplegado) será publicado dentro de un recuadro y se identificará en la parte superior del mismo con el título “PUBLICIDAD”, “REMITIDO”, “EDICTO”, “COMUNICADO”, “CARTA ABIERTA”, según corresponda. Sin excepción, la empresa solicitará copia de la cédula de identidad de las personas que firman el aviso y ordenan su publicación.

3) Los avisos de cartelera (cine-teatro) se pagan de estricto contado. Los contratos suscritos por la empresa con anunciantes y agencias de publicidad que otorguen crédito no incluyen los avisos de cartelera. Quedan exceptuados los contratos de preventa que expresamente acuerden crédito para los avisos de cartelera.

VII. TARIFARIO

1) El precio de los avisos, recargos, descuentos, especificaciones técnicas, horarios de recepción y demás condiciones, se encuentran debidamente especificados en el tarifario vigente. La empresa se reserva el derecho de modificar el tarifario, en cuyo caso, publicará el nuevo tarifario con los cambios realizados.

VIII. FACTURACIÓN Y PAGO

1)La empresa emitirá la factura correspondiente a los servicios prestados, la cual, deberá ser pagada de contado, al momento de la solicitud del servicio (anunciantes sin crédito), o al vencimiento del plazo convenido para el pago (anunciantes con crédito).

2) Cuando se trate de anunciantes con crédito, se tendrá como prueba de aceptación de la factura, la colocación del sello húmedo o seco de la persona jurídica que ordenó por cuenta propia o de un tercero la prestación del servicio, y/o la firma de cualquiera de sus trabajadores o dependientes.

3) Toda factura se tendrá como aceptada  irrevocablemente si contra el contenido de la misma no ha habido reclamo alguno dentro de los quince (15) días siguientes a su entrega.

4) El incumplimiento de pago dará derecho a la empresa de reclamar, adicionalmente al monto de la factura, los honorarios profesionales de abogados por las gestiones de cobranza extrajudiciales y judiciales, más los intereses, gastos y costas del proceso.

IX. RESPONSABILIDADES Y RECLAMOS

1) Toda información y/o material fotográfico contenido en el aviso es de la única y exclusiva responsabilidad del anunciante y de ninguna manera refleja la opinión o posición de la empresa. Al contratar el servicio de publicación, el anunciante declara que no viola derechos de autor y demás derechos protegidos de terceros. La empresa queda exenta de toda responsabilidad ante terceros por cualquier reclamo judicial o extrajudicial derivado del contenido del aviso. En consecuencia, el anunciante indemnizará a la empresa por cualquier perjuicio que pueda ocasionar a ésta la publicación ordenada.

2) La empresa no publicará cualquier tipo de aviso que a su juicio contenga expresiones que injurien, difamen o atenten contra el orden público, la moral o las buenas costumbres, sin que la empresa tenga que justificar al anunciante las razones que la llevaron a tal determinación, y sin que por tal hecho incurra la empresa en responsabilidad alguna para con el anunciante. Si por error involuntario, la empresa publica un aviso cuyo contenido  injurie, difame, sea grosero, vulgar, o atente contra la moral, las buenas costumbres y el orden público, será responsabilidad exclusiva del anunciante ante cualquier reclamo por parte de terceros.

3) En casos de no publicación o publicación errada de un aviso, la empresa responderá al anunciante o a quien haya ordenado la publicación mediante la entrega de una nota de crédito. El anunciante exime a la empresa, a sus accionistas, directores, empleados, gerentes, empresas filiales o relacionadas, de toda responsabilidad contractual o extra contractual, civil, mercantil, o penal, por daño moral y/o material derivado de la no publicación o publicación incompleta de cualquier aviso.

4) Cuando por error de trascripción, motivos técnicos o fallas en la impresión del aviso (tanto de forma como de fondo) imputable a la empresa, el aviso no fuese publicado o hubiere sido publicado con algún error que afecte la totalidad del mismo, la responsabilidad de la empresa estará limitada a la emisión de una nota de crédito (para avisos clasificados y desplegados) o a la reposición del aviso (sólo para avisos clasificados). Si la falla o error afecta parcialmente el aviso pero no su totalidad, la empresa sólo otorgará al anunciante el descuento correspondiente. El anunciante debe efectuar el reclamo, según las siguientes condiciones:

- Clasificados: La notificación del reclamo debe realizarse dentro de los tres (3) días siguientes contados a partir de la fecha de la primera publicación.
- Desplegados: La notificación del reclamo debe realizarse el primer día de publicación y respaldarse por escrito dentro de los siguientes tres (3) días hábiles.

En ambos casos, y a fines de poder evaluar y procesar el reclamo, el anunciante deberá informar a la empresa sobre los siguientes datos: producto, código del cliente, fecha de publicación, número de orden de inserción y título del aviso. Si el anunciante no realiza oportunamente el reclamo, de acuerdo a lo antes señalado, la empresa queda exenta de responsabilidad frente al anunciante.

5) La empresa no se hace responsable por la publicación errada o incompleta del aviso, cuando la orden de inserción o el material  entregado por el anunciante no sea legible o presente errores de diseño.

6) La empresa se reserva el derecho de realizar correcciones de ortografía a las palabras que contenga el aviso, a excepción de los nombres propios, los cuales, serán publicados exactamente igual a como aparecen en la respectiva orden de inserción o material de publicación entregado.

7) El anunciante será responsable por cualquier corrección  o modificación que sobre la orden de inserción o material a publicar, efectúen  sus empleados, agentes, emisarios, apoderados, y cualquier otra persona en su nombre.

8) Cuando por motivos de compaginación, requerimientos informativos que así lo exijan, motivos técnicos, de diagramación o por cualquier otra circunstancia imputable a la empresa, la publicación del aviso no cumpla con las indicaciones del anunciante, el mismo se publicará considerando los descuentos correspondientes, de acuerdo con la tarifa vigente y en consideración a las características del aviso y espacio en que fue publicado, sin ninguna otra responsabilidad para la empresa.

9) El anunciante declara expresamente que conoce el proceso de producción e impresión del periódico y demás productos de la empresa y reconoce que dichos productos pueden ocasionalmente presentar algún defecto, en un porcentaje de hasta el 3% del tiraje efectivo, y en consecuencia, libera a la empresa de cualquier responsabilidad por este concepto.

10) La empresa no otorga exclusividad a sus anunciantes, y queda exenta de cualquier reclamo cuando por motivos de compaginación del periódico, aparezcan en la misma página o enfrentados, avisos de anunciantes cuyos productos o servicios compiten entre sí.

X. CLÁUSULAS ESPECIALES

1) La empresa se reserva el derecho de modificar, en todo o en parte, las presentes “Condiciones Generales de Publicación”, en cuyo caso, las modificaciones realizadas sustituyen a las anteriores y comenzarán a regir transcurridos dos (2) días continuos desde su publicación.

2) Para todos los efectos y consecuencias relacionadas con las presentes “Condiciones Generales de Publicación” y con las responsabilidades que pueden derivarse de las mismas, se elige como domicilio especial, con exclusión de cualquier otro, a la ciudad de Caracas, sede principal de la empresa.

3) En el supuesto de que algún ente u organismo de la Administración Central, Estadal o Municipal, incluyendo al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), sancione a la empresa o a algunas de las compañías que ésta contrata para impresión de avisos publicitarios, con el cierre total o parcial, permanente o temporal, de alguna de sus oficinas, instalaciones, lugares de trabajo o imprentas, de manera tal, que se le imposibilite o limite el cumplir con su obligación de publicar los avisos contratados en todos o algunos de los espacios publicitarios, la empresa estará obligada únicamente a: (i) publicar el aviso publicitario en una fecha posterior a ser determinada por ambas partes de común acuerdo o; (ii) en caso de cierre permanente, o que El Cliente demuestre fehacientemente que la fecha contratada era de estricto e indispensable cumplimiento, la empresa reintegrará la suma pagada por el aviso publicitario no publicado. En ambos casos, no habrá lugar a indemnización por daños y perjuicios.

© 2009   creado por Anunciantes

Insignias  |  Informar un problema  |  Privacidad  |  Términos de servicio

Iniciar sesión para hablar